Compendio de los principales asuntos en materia legal, correspondiente a leyes y tratados que afectan el entorno de la Autoridad del Canal de Panamá.
Un hito que marcó la historia de nuestro país al coronar el esfuerzo de luchas generacionales, por alcanzar la soberanía del territorio y la administración del Canal de Panamá; y aprovechar todo su potencial y recurso estratégico de nuestra posición geográfica.
Se añade a la Constitución Política de la República de Panamá, el Título XIV, que crea la ACP, que es a quien corresponde privativamente la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del Canal de Panamá, así como sus actividades conexas y complementarias.
Debido a su naturaleza, la ACP goza de autonomía financiera, patrimonio propio y derecho de administrarlo. En el Régimen Laboral del Canal de Panamá, las personas naturales que laboran allí están clasificadas en funcionarios y empleados, estos últimos se clasifican en trabajadores de confianza y trabajadores.
Se decreta la Constitución, con el fin de fortalecer la nación panameña, garantizar la libertad, asegurar la democracia, la estabilidad institucional, exaltar la dignidad humana, promover la justicia social y la integración regional; invocando la protección de Dios.
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