Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Panamá (5-3), la cual NIEGA el derecho a huelga de los empleados de la ACP. El salvamento de voto de los magistrados Jerónimo Mejía, Adán Arnulfo Arjona y Aníbal Salas Céspedes, es memorable. Dan ellos explicaciones precisas, sobre la interpretación errónea y política que se enquista al fallo. Señalan que es CLARO lo expresado en el derecho de los canaleros. Los artículos 91 y 92, puntualmente abocan este tema.
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